Derechos y garantías · 07

Participación del alumnado y continuidad de las personas menores

La persona menor debe ser informada y escuchada directamente. Antes de una decisión de especial impacto, el centro comprueba apoyos y alternativas y, si mantiene una decisión adversa, establece un plan breve de continuidad.

Qué establece la Orden foral

¿Qué garantía se activa antes de una decisión de especial impacto?

Estas ideas permiten delimitar el derecho, su alcance y los límites que preservan la validez de la evaluación.

Participación activa

Comprender y regular el propio aprendizaje

La autoevaluación, la coevaluación, la reflexión y la participación en el seguimiento tienen finalidad pedagógica, formativa y orientadora. No atribuyen al alumnado competencias de evaluación, calificación, promoción, certificación o titulación.

Impacto especial

Decisiones que activan la garantía reforzada

Se activa ante la no promoción o repetición; la imposibilidad de continuar por convocatorias o permanencia; la interrupción de la formación en empresa que condicione de forma relevante la evaluación final; o la salida sin titulación o interrupción relevante del itinerario derivada de una decisión regulada en la Orden foral.

Antes de decidir

Informar, escuchar y valorar alternativas

El centro explica la situación y sus efectos de forma adecuada a la edad y madurez, escucha directamente a la persona menor, considera sus manifestaciones y comprueba apoyos, recuperación, adaptaciones, orientación, oportunidades de evidencia y alternativas disponibles.

Si la decisión se mantiene

Continuidad, constancia y revisión

Una decisión adversa requiere un plan breve y utilizable con elementos superados y pendientes, próximas oportunidades, apoyos, efectos acumulables, alternativas y primer seguimiento. Debe quedar constancia proporcionada de la garantía, sin transcribir la audiencia ni incorporar datos sensibles innecesarios, y su cumplimiento puede comprobarse en revisión y reclamación.

Cómo se aplica

Una secuencia de garantía

La garantía se integra en el proceso ordinario y se documenta con la intensidad necesaria para poder comprender y revisar la decisión.

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    Informar

    Explicar previamente la situación académica, la decisión posible y sus efectos de forma clara, accesible y adecuada a la edad y madurez.

  2. 2
    Escuchar y comprobar

    Oír directamente a la persona menor, permitir que aporte circunstancias relevantes y comprobar las medidas y oportunidades ya ofrecidas.

  3. 3
    Ponderar y decidir

    Considerar sus opiniones con el peso correspondiente a su edad y madurez, valorar alternativas jurídicamente disponibles y dejar una motivación proporcionada.

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    Planificar la continuidad

    Si se mantiene la decisión adversa, concretar aprendizajes pendientes, recuperación, apoyos, acreditaciones, alternativas, persona responsable y primer momento de seguimiento.

Quién interviene

Responsabilidades identificadas

La participación se adapta a la naturaleza de la garantía, sin diluir la responsabilidad de quien debe decidir o actuar.

Participación directa

Persona menor

Recibe la información, es escuchada en condiciones que preserven su intimidad y puede exponer circunstancias, opiniones, preferencias y expectativas relevantes.

Acompañamiento

Familia o representación legal

Acompaña y garantiza el proceso sin sustituir la participación directa de la persona menor, salvo que esta no pueda realizarse o resulte contraria a su interés superior.

Seguimiento y decisión

Tutoría y equipo docente

Integran la garantía en el seguimiento y la sesión, comprueban apoyos y alternativas y adoptan las decisiones que correspondan dentro de sus competencias.

Organización y continuidad

Centro docente

Garantiza la información y escucha, documenta lo imprescindible y, cuando proceda, establece y activa el plan individualizado de continuidad.

Situación frecuente

Una posible interrupción del itinerario

Una decisión final puede impedir que una persona menor continúe en la oferta por agotamiento de convocatorias. Se han realizado actuaciones de recuperación, pero la decisión todavía no se ha adoptado.

Respuesta adecuada

Antes de decidir, el centro le explica la situación y sus efectos, la escucha, comprueba los apoyos y oportunidades ofrecidos y valora las alternativas disponibles. Si mantiene la decisión adversa, concreta un plan breve de continuidad con lo ya superado, las opciones formativas y el primer seguimiento.

Innovación del modelo

Innovación del modelo

Escuchar antes de decidir y acompañar después

La garantía une participación y continuidad: obliga a comprender la perspectiva de la persona menor antes de una decisión especialmente gravosa y a ofrecer un itinerario concreto si la decisión adversa se mantiene, sin alterar los referentes ni sustituir las competencias evaluadoras.

Fundamento jurídico

Dónde se regula esta garantía

Las referencias se han contrastado con la Orden foral pendiente de publicación en el BON.

Base normativa
J-02

Fuente de referencia: Orden foral pendiente de publicación en BONPendiente de publicación

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Artículos: 20; 64.7; y 66.8.9

Anexos: IX y X

El artículo 20 regula la participación activa y, en sus apartados 6 a 13, exige información adecuada a la edad y madurez, escucha directa y continuidad. El artículo 64.7 extiende la información a las familias o representantes legales, y el artículo 66.8.9 permite comprobar estas garantías en la revisión.

Consultar la Orden foral